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La Corte Constitucional le negó al procurador Alejandro Ordóñez el recurso que buscaba tumbar los derechos que le asisten a las parejas del mismo sexo al convivir en unión libre, al tiempo que reiteró en que este tipo de uniones homosexuales son reconocidas como familia.
La Corte concluyó que los derechos reconocidos a las parejas del mismo sexo son inmodificables, por haber hecho tránsito a cosa juzgada.
La respuesta fue dada al resolver una solicitud de nulidad, radicada por el Ministerio Público contra la Tutela 716 de 2011, en la que el alto tribunal dejó en claro los derechos pensionales de sobrevivencia a las parejas del mismo sexo.
El pronunciamiento agrega que lo que el procurador expresa es su desacuerdo con las reglas que ha fijado para proteger los derechos de estos ciudadanos, pero no expone argumentos jurídicos relevantes para modificar la norma.
Al mismo tiempo, la Corte Constitucional reiteró que la unión entre personas homosexuales es una modalidad de familia protegida por principios derivados de la Carta Política.
También le advirtió al Congreso que, a más tardar el 20 de junio de 2013, debe legislar sobre la protección social y civil a las parejas conformadas por personas del mismo sexo.
Tags: Corte Constiucional, derechos homosexuales
Ubicada en Nacional · marzo 11, 2013 · Comments (0)
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