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El superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, expresó que los consumidores colombianos tienen derecho a arrepentirse de una compra en casos especiales.
El funcionario dijo en RCN Radio que la figura existe en la legislación colombiana, pero que los consumidores no la utilizan por desconocimiento del llamado «derecho de retracto».
«Lo importante del tema es la función pedagógica, que existe una figura que se llama el derecho de retracto excepcional, que no se aplica en todas las transacciones. Se trata de una situación especial y cuando el consumidor se siente presionado», explicó Robledo.
El “derecho de retracto” aplica, por ejemplo, “cuando un consumidor en una gran superficie adquiere un artículo y se arrepiente de la compra al llegar a su casa», indicó.
También aplica con «las ventas a distancia en las que se puede equivocar» el consumidor o «cuando lo llevan a uno a un sitio y le dan whisky y el cliente se siente presionado para realizar la compra», sostuvo.
El superintendente señaló que es necesario hacer pedagogía, después de que su despacho emitiera un fallo judicial contra la aerolínea LAN, obligándola a restituir a un consumidor el dinero por la compra de unos tiquetes entre Bogotá y Santa Marta al amparo de la figura de retracto.
La Superintendencia de Industria y Comercio anunció que todos los colombianos que realicen transacciones, por ejemplo a través de Internet, tienen derecho a retractarse de la compra de bienes o servicios dentro de los cinco (5) días siguientes a la operación.
Tags: comprasr, consumidores, dercho de retracto, Industria y comercio, Superintendencia
Ubicada en Economía · febrero 25, 2014 · Comments (0)
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