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Corte tumbó la consulta antitaurina en Bogotá - Foto Inaldo Pérez
La sala plena de la Corte Constitucional declaró nula la sentencia de la misma corporación que ordenaba realizar la consulta antitaurina en Bogotá, al considerar que esa facultad solo le corresponde al Congreso de la República.
La Corte tuvo en cuenta la ponencia del magistrado Carlos Bernal, para quien el Congreso es la autoridad que debe prohibir o no los espectáculos taurinos y no la autoridad local. El alcalde Gustavo Petro pretendió en su momento que la ciudadanía decidiera si estaba de acuerdo con que se realicen corridas de toros y novilladas en Bogotá.
En la consulta los bogotanos deberían responder la siguiente pregunta: “¿Está usted de acuerdo, Sí o No, con que se realicen corridas de toros y novilladas en Bogotá Distrito Capital?”.
Quienes han cuestionado la realización de la consulta han argumentado que “la celebración de corridas de toros y novilladas está protegidas mediante la Ley 916 de 2004, por lo cual una decisión local no podría tener el efecto de inaplicar una ley nacional”.
Además, consideran que “la pregunta aprobada por el Concejo Distrital (…) afecta el ejercicio de derechos fundamentales de quienes ejercen y disfrutan de las corridas de toros”.
Incluso, existen otras sentencias de la Corte (C-889 de 2012 y T-296 de 2013), las cuales determinan que “las autoridades administrativas, entre ellas el alcalde y los concejos, no tienen la facultad para prohibir o impedir la tauromaquia en plazas de toros permanentes”.
Con RCN Radio (www.rcnradio.com)
Tags: corridas de toros, Corte Constitucional, tauromaquia
Ubicada en Noticias en Red · febrero 7, 2018 · Comments (0)
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