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Consejo de Estado ordenó a la UNP proteger al periodista Rodrigo Callejas Bedoya

El alto tribunal tomó la decisión al amparar los derechos a la vida e integridad personal, lo cuales aseguró el comunicador social le estaban siendo vulnerados por parte de la UNP.
La Sección Segunda del Consejo de Estado a través de un fallo de tutela le ordenó a la Unidad Nacional de Protección que le brinde seguridad en todo el territorio colombiano al periodista Rodrigo Callejas Bedoya.
El alto tribunal con ponencia del magistrado Gerardo Arenas Monsalve, tomó la decisión al amparar los derechos a la vida e integridad personal, lo cuales aseguró el comunicador social le estaban siendo vulnerados por parte de la UNP, pues argumentó “por la actividad periodística que ejerce, de manera permanente debe desplazarse a la ciudad de Bogotá y a varios municipios del Departamento del Tolima, pero que actualmente las medidas de protección que se le han asignado, se restringen a su lugar de domicilio, debido a que los escoltas que velan por su seguridad no se les autorizan los viáticos correspondientes para que pueden acompañarlo cuando debe salir del municipio donde reside”.
Agregó además el tutelante quien es el Director del periódico “Región Día”, que el 12 de abril de 2010 “la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, como medida cautelar le ordenó al Estado Colombiano, que adoptara en su favor los procedimientos necesarios para garantizar la vida e integridad física propia y de su familia, debido a los riesgos existentes por la actividad periodística que ejerce”.
Indicó que “desde hace aproximadamente dos meses no cuenta con equipo de comunicaciones dentro de su esquema de seguridad” destacando para ello que “en varias oportunidades se ha dirigido a la Unidad Nacional de Protección para solicitar los viáticos de los escoltas que velan por su seguridad, pero que aquellos no han sido autorizados”.
Por esta razón el alto tribunal solicitó a la UNP que “de manera inmediata adelante las gestiones pertinentes para garantizar que el esquema de seguridad previsto para el señor Rodrigo Callejas Bedoya, acompañe al mismo cuando por razón de su actividad laboral deba desplazarse a un municipio distinto al que reside”.
Igualmente el magistrado recalca que el tutelante deberá “informar como mínimo con 24 horas antes de antelación sobre algún desplazamiento que deba realizar relacionado con actividad laboral (…) tales restricciones obedecen a la situación de riesgo en que se encuentran, y facilitan que el Estado pueda brindar eficazmente las medidas de protección pertinentes».
Tags: alto tribunal, protección periodista, Rodrigo Callejas Bedoya
Ubicada en Noticias en Red · febrero 5, 2015 · Comments (0)
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